Constitucion Española

Artículo 91 de la Constitucion Española

TÍTULO III — De las Cortes GeneralesCAPÍTULO SEGUNDO — De la elaboración de las leyes
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  • De la elaboración de las leyes
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De la elaboración de las leyes

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

De la elaboración de las leyes

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

De la elaboración de las leyes

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

De la elaboración de las leyes

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

De la elaboración de las leyes

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

De la elaboración de las leyes

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

De la elaboración de las leyes

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

De la elaboración de las leyes

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

De la elaboración de las leyes

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

De la elaboración de las leyes

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

De la elaboración de las leyes

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

De la elaboración de las leyes

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

De la elaboración de las leyes

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

Preguntas oficiales donde cayó el artículo 91 de la CE

  • 2024· Administrativo C1

    Según lo dispuesto en los artículos 90 y 91 de la Constitución Española de 1978, aprobado un proyecto de ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los Diputados, su Presidente d…

  • 2024· Administrativo C1

    Según lo dispuesto en los artículos 90 y 91 de la Constitución Española de 1978, aprobado un proyecto de ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los Diputados, su Presidente d…

  • 2019· GACE A2

    De conformidad con el artículo 91 de la CE, ¿en qué plazo debe sancionar el Rey las leyes aprobadas por las Cortes Generales?

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