Constitucion Española

Artículo 36 de la Constitucion Española

TÍTULO I — De los derechos y deberes fundamentalesCAPÍTULO SEGUNDO — Derechos y libertadesSección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
Resumen rápido

El artículo establece que la ley debe regular el funcionamiento de los Colegios Profesionales y las profesiones colegiadas, exigiendo que su organización interna sea democrática. Lo más preguntado en oposiciones es el requisito obligatorio de democracia interna en estos colegios y quién tiene potestad reguladora (la ley, no los propios colegios).

Este artículo aparece en 13 secciones de la ley:

  • Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
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  • Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
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Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos

La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.

Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos

La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.

Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos

La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.

Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos

La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.

Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos

La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.

Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos

La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.

Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos

La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.

Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos

La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.

Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos

La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.

Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos

La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.

Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos

La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.

Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos

La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.

Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos

La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.

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