Artículo 49 de la Ley del Procedimiento Administrativo Comun
Este artículo aparece en 13 secciones de la ley:
- ▸Nulidad y anulabilidad
- ▸Nulidad y anulabilidad
- ▸Nulidad y anulabilidad
- ▸Nulidad y anulabilidad
- ▸Nulidad y anulabilidad
- ▸Nulidad y anulabilidad
- ▸Nulidad y anulabilidad
- ▸Nulidad y anulabilidad
- ▸Nulidad y anulabilidad
- ▸Nulidad y anulabilidad
- ▸Nulidad y anulabilidad
- ▸Nulidad y anulabilidad
- ▸Nulidad y anulabilidad
Nulidad y anulabilidad
- La nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero.
- La nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo no implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado.
Nulidad y anulabilidad
- La nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero.
- La nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo no implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado.
Nulidad y anulabilidad
- La nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero.
- La nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo no implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado.
Nulidad y anulabilidad
- La nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero.
- La nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo no implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado.
Nulidad y anulabilidad
- La nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero.
- La nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo no implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado.
Nulidad y anulabilidad
- La nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero.
- La nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo no implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado.
Nulidad y anulabilidad
- La nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero.
- La nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo no implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado.
Nulidad y anulabilidad
- La nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero.
- La nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo no implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado.
Nulidad y anulabilidad
- La nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero.
- La nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo no implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado.
Nulidad y anulabilidad
- La nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero.
- La nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo no implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado.
Nulidad y anulabilidad
- La nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero.
- La nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo no implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado.
Nulidad y anulabilidad
- La nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero.
- La nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo no implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado.
Nulidad y anulabilidad
- La nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero.
- La nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo no implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado.
Se examina en
Artículos relacionados
Guías del blog sobre LPAC
Los artículos de la LPAC que más caen en los exámenes del INAP (Auxiliar Administrativo)
Análisis de los artículos de la Ley 39/2015 LPAC con más frecuencia en exámenes oficiales del INAP. Incluye ejemplos de preguntas tipo test y consejos para estudiarlos.
Temario Auxiliar Administrativo 2026: 28 temas (INAP)
28 temas tema a tema: Bloque I (Constitución, LPAC, TREBEP) + Bloque II (Word, Excel, Access). Frecuencia real en exámenes INAP 2018-2024 y plan de 6 meses.
Diferencias entre LPAC y LRJSP para el examen Auxiliar Administrativo del Estado
Guía clara para distinguir la Ley 39/2015 (LPAC) y la Ley 40/2015 (LRJSP) en el examen de Auxiliar: qué regula cada una y las preguntas trampa más frecuentes.
La Constitución Española en el examen de Auxiliar: artículos clave y preguntas más frecuentes
Los artículos de la Constitución Española que más se examinan en las oposiciones del Auxiliar Administrativo del Estado: derechos fundamentales, órganos constitucionales y estructura del Estado.