Ley Organica del Poder Judicial

Artículo 368 de la Ley Organica del Poder Judicial

CAPÍTULO VII — De la situación de los Jueces y Magistrados

Este artículo aparece en 13 secciones de la ley:

  • De la situación de los Jueces y Magistrados
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  • Sección del Tribunal de Instancia del mismo orden jurisdiccional del lugar de la plaza reservada, a no ser que se trate de las plazas de Presidente o legalmente reservadas a magistrados o magistradas procedentes de pruebas selectivas, si no reunieren esta condición.
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  • De la situación de los Jueces y Magistrados
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De la situación de los Jueces y Magistrados

La concurrencia de peticiones para la adjudicación de vacantes entre quienes deban reingresar al servicio activo, se regirá por el siguiente orden:

  • Suspensos.
  • Rehabilitados.
  • Excedentes voluntarios.

De la situación de los Jueces y Magistrados

La concurrencia de peticiones para la adjudicación de vacantes entre quienes deban reingresar al servicio activo, se regirá por el siguiente orden:

  • Suspensos.
  • Rehabilitados.
  • Excedentes voluntarios.

De la situación de los Jueces y Magistrados

La concurrencia de peticiones para la adjudicación de vacantes entre quienes deban reingresar al servicio activo, se regirá por el siguiente orden:

  • Suspensos.
  • Rehabilitados.
  • Excedentes voluntarios.

De la situación de los Jueces y Magistrados

La concurrencia de peticiones para la adjudicación de vacantes entre quienes deban reingresar al servicio activo, se regirá por el siguiente orden:

  • Suspensos.
  • Rehabilitados.
  • Excedentes voluntarios.

De la situación de los Jueces y Magistrados

La concurrencia de peticiones para la adjudicación de vacantes entre quienes deban reingresar al servicio activo, se regirá por el siguiente orden:

  • Suspensos.
  • Rehabilitados.
  • Excedentes voluntarios.

De la situación de los Jueces y Magistrados

La concurrencia de peticiones para la adjudicación de vacantes entre quienes deban reingresar al servicio activo, se regirá por el siguiente orden:

  • Suspensos.
  • Rehabilitados.
  • Excedentes voluntarios.

De la situación de los Jueces y Magistrados

La concurrencia de peticiones para la adjudicación de vacantes entre quienes deban reingresar al servicio activo, se regirá por el siguiente orden:

  • Suspensos.
  • Rehabilitados.
  • Excedentes voluntarios.

Sección del Tribunal de Instancia del mismo orden jurisdiccional del lugar de la plaza reservada, a no ser que se trate de las plazas de Presidente o legalmente reservadas a magistrados o magistradas procedentes de pruebas selectivas, si no reunieren esta condición.

La concurrencia de peticiones para la adjudicación de vacantes entre quienes deban reingresar al servicio activo, se regirá por el siguiente orden:

  • Suspensos.
  • Rehabilitados.
  • Excedentes voluntarios.

De la situación de los Jueces y Magistrados

La concurrencia de peticiones para la adjudicación de vacantes entre quienes deban reingresar al servicio activo, se regirá por el siguiente orden:

  • Suspensos.
  • Rehabilitados.
  • Excedentes voluntarios.

De la situación de los Jueces y Magistrados

La concurrencia de peticiones para la adjudicación de vacantes entre quienes deban reingresar al servicio activo, se regirá por el siguiente orden:

  • Suspensos.
  • Rehabilitados.
  • Excedentes voluntarios.

De la situación de los Jueces y Magistrados

La concurrencia de peticiones para la adjudicación de vacantes entre quienes deban reingresar al servicio activo, se regirá por el siguiente orden:

  • Suspensos.
  • Rehabilitados.
  • Excedentes voluntarios.

De la situación de los Jueces y Magistrados

La concurrencia de peticiones para la adjudicación de vacantes entre quienes deban reingresar al servicio activo, se regirá por el siguiente orden:

  • Suspensos.
  • Rehabilitados.
  • Excedentes voluntarios.

De la situación de los Jueces y Magistrados

La concurrencia de peticiones para la adjudicación de vacantes entre quienes deban reingresar al servicio activo, se regirá por el siguiente orden:

  • Suspensos.
  • Rehabilitados.
  • Excedentes voluntarios.

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