Ley General Presupuestaria

Artículo 91 de la Ley General Presupuestaria

TÍTULO IV — Del Tesoro Público, de la Deuda del Estado y de las Operaciones FinancierasCAPÍTULO I — Normas Generales

Este artículo aparece en 21 secciones de la ley:

  • Normas Generales
  • Normas Generales
  • Normas Generales
  • CAPÍTULO I
  • Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado
  • Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado
  • CAPÍTULO I
  • Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado
  • CAPÍTULO I
  • Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado
  • CAPÍTULO I
  • Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado
  • CAPÍTULO I
  • Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado
  • CAPÍTULO I
  • Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado
  • CAPÍTULO I
  • Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado
  • CAPÍTULO I
  • Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado
  • CAPÍTULO I

Normas Generales

Son funciones encomendadas al Tesoro Público:

  • Pagar las obligaciones del Estado y recaudar sus derechos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.
  • Servir el principio de unidad de caja mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.

b bis) Gestionar los recursos financieros que integran el Tesoro Público mediante la concertación de las operaciones financieras activas o pasivas necesarias para asegurar la eficiencia de dichos recursos.

  • Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones del Estado.
  • Contribuir al buen funcionamiento del sistema financiero nacional.
  • Emitir, contraer y gestionar la deuda del Estado y ejecutar las operaciones financieras relativas a la misma.
  • Responder de los avales contraídos por el Estado según las disposiciones de esta ley.
  • Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente enumeradas.

Normas Generales

Son funciones encomendadas al Tesoro Público:

  • Pagar las obligaciones del Estado y recaudar sus derechos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.
  • Servir el principio de unidad de caja mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.

b bis) Gestionar los recursos financieros que integran el Tesoro Público mediante la concertación de las operaciones financieras activas o pasivas necesarias para asegurar la eficiencia de dichos recursos.

  • Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones del Estado.
  • Contribuir al buen funcionamiento del sistema financiero nacional.
  • Emitir, contraer y gestionar la deuda del Estado y ejecutar las operaciones financieras relativas a la misma.
  • Responder de los avales contraídos por el Estado según las disposiciones de esta ley.
  • Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente enumeradas.

Normas Generales

Son funciones encomendadas al Tesoro Público:

  • Pagar las obligaciones del Estado y recaudar sus derechos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.
  • Servir el principio de unidad de caja mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.

b bis) Gestionar los recursos financieros que integran el Tesoro Público mediante la concertación de las operaciones financieras activas o pasivas necesarias para asegurar la eficiencia de dichos recursos.

  • Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones del Estado.
  • Contribuir al buen funcionamiento del sistema financiero nacional.
  • Emitir, contraer y gestionar la deuda del Estado y ejecutar las operaciones financieras relativas a la misma.
  • Responder de los avales contraídos por el Estado según las disposiciones de esta ley.
  • Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente enumeradas.

CAPÍTULO I

.

Son funciones encomendadas al Tesoro Público:

  • Pagar las obligaciones del Estado y recaudar sus derechos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.
  • Servir el principio de unidad de caja mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.

b bis) Gestionar los recursos financieros que integran el Tesoro Público mediante la concertación de las operaciones financieras activas o pasivas necesarias para asegurar la eficiencia de dichos recursos.

  • Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones del Estado.
  • Contribuir al buen funcionamiento del sistema financiero nacional.
  • Emitir, contraer y gestionar la deuda del Estado y ejecutar las operaciones financieras relativas a la misma.
  • Responder de los avales contraídos por el Estado según las disposiciones de esta ley.
  • Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente enumeradas.

Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado

En particular, podrán:

  • Subastarse las emisiones al público, en general, entre colocadores autorizados o entre un grupo restringido de éstos que adquieran compromisos especiales respecto a la colocación de la Deuda o al funcionamiento de sus mercados.
  • Cederse parte o la totalidad de una emisión a un precio convenido a una o varias entidades financieras que aseguren su colocación.
  • Realizarse operaciones de venta simple o con pacto de recompra de valores de nuevas emisiones, ampliaciones de emisiones existentes o de valores que el Tesoro Público tenga en su cuenta de valores.

Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado

En particular, podrán:

  • Subastarse las emisiones al público, en general, entre colocadores autorizados o entre un grupo restringido de éstos que adquieran compromisos especiales respecto a la colocación de la Deuda o al funcionamiento de sus mercados.
  • Cederse parte o la totalidad de una emisión a un precio convenido a una o varias entidades financieras que aseguren su colocación.
  • Realizarse operaciones de venta simple o con pacto de recompra de valores de nuevas emisiones, ampliaciones de emisiones existentes o de valores que el Tesoro Público tenga en su cuenta de valores.

CAPÍTULO I

.

Son funciones encomendadas al Tesoro Público:

  • Pagar las obligaciones del Estado y recaudar sus derechos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.
  • Servir el principio de unidad de caja mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.

b bis) Gestionar los recursos financieros que integran el Tesoro Público mediante la concertación de las operaciones financieras activas o pasivas necesarias para asegurar la eficiencia de dichos recursos.

  • Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones del Estado.
  • Contribuir al buen funcionamiento del sistema financiero nacional.
  • Emitir, contraer y gestionar la deuda del Estado y ejecutar las operaciones financieras relativas a la misma.
  • Responder de los avales contraídos por el Estado según las disposiciones de esta ley.
  • Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente enumeradas.

Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado

En particular, podrán:

  • Subastarse las emisiones al público, en general, entre colocadores autorizados o entre un grupo restringido de éstos que adquieran compromisos especiales respecto a la colocación de la Deuda o al funcionamiento de sus mercados.
  • Cederse parte o la totalidad de una emisión a un precio convenido a una o varias entidades financieras que aseguren su colocación.
  • Realizarse operaciones de venta simple o con pacto de recompra de valores de nuevas emisiones, ampliaciones de emisiones existentes o de valores que el Tesoro Público tenga en su cuenta de valores.

CAPÍTULO I

.

Son funciones encomendadas al Tesoro Público:

  • Pagar las obligaciones del Estado y recaudar sus derechos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.
  • Servir el principio de unidad de caja mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.

b bis) Gestionar los recursos financieros que integran el Tesoro Público mediante la concertación de las operaciones financieras activas o pasivas necesarias para asegurar la eficiencia de dichos recursos.

  • Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones del Estado.
  • Contribuir al buen funcionamiento del sistema financiero nacional.
  • Emitir, contraer y gestionar la deuda del Estado y ejecutar las operaciones financieras relativas a la misma.
  • Responder de los avales contraídos por el Estado según las disposiciones de esta ley.
  • Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente enumeradas.

Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado

En particular, podrán:

  • Subastarse las emisiones al público, en general, entre colocadores autorizados o entre un grupo restringido de éstos que adquieran compromisos especiales respecto a la colocación de la Deuda o al funcionamiento de sus mercados.
  • Cederse parte o la totalidad de una emisión a un precio convenido a una o varias entidades financieras que aseguren su colocación.
  • Realizarse operaciones de venta simple o con pacto de recompra de valores de nuevas emisiones, ampliaciones de emisiones existentes o de valores que el Tesoro Público tenga en su cuenta de valores.

CAPÍTULO I

.

Son funciones encomendadas al Tesoro Público:

  • Pagar las obligaciones del Estado y recaudar sus derechos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.
  • Servir el principio de unidad de caja mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.

b bis) Gestionar los recursos financieros que integran el Tesoro Público mediante la concertación de las operaciones financieras activas o pasivas necesarias para asegurar la eficiencia de dichos recursos.

  • Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones del Estado.
  • Contribuir al buen funcionamiento del sistema financiero nacional.
  • Emitir, contraer y gestionar la deuda del Estado y ejecutar las operaciones financieras relativas a la misma.
  • Responder de los avales contraídos por el Estado según las disposiciones de esta ley.
  • Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente enumeradas.

Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado

En particular, podrán:

  • Subastarse las emisiones al público, en general, entre colocadores autorizados o entre un grupo restringido de éstos que adquieran compromisos especiales respecto a la colocación de la Deuda o al funcionamiento de sus mercados.
  • Cederse parte o la totalidad de una emisión a un precio convenido a una o varias entidades financieras que aseguren su colocación.
  • Realizarse operaciones de venta simple o con pacto de recompra de valores de nuevas emisiones, ampliaciones de emisiones existentes o de valores que el Tesoro Público tenga en su cuenta de valores.

CAPÍTULO I

.

Son funciones encomendadas al Tesoro Público:

  • Pagar las obligaciones del Estado y recaudar sus derechos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.
  • Servir el principio de unidad de caja mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.

b bis) Gestionar los recursos financieros que integran el Tesoro Público mediante la concertación de las operaciones financieras activas o pasivas necesarias para asegurar la eficiencia de dichos recursos.

  • Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones del Estado.
  • Contribuir al buen funcionamiento del sistema financiero nacional.
  • Emitir, contraer y gestionar la deuda del Estado y ejecutar las operaciones financieras relativas a la misma.
  • Responder de los avales contraídos por el Estado según las disposiciones de esta ley.
  • Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente enumeradas.

Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado

En particular, podrán:

  • Subastarse las emisiones al público, en general, entre colocadores autorizados o entre un grupo restringido de éstos que adquieran compromisos especiales respecto a la colocación de la Deuda o al funcionamiento de sus mercados.
  • Cederse parte o la totalidad de una emisión a un precio convenido a una o varias entidades financieras que aseguren su colocación.
  • Realizarse operaciones de venta simple o con pacto de recompra de valores de nuevas emisiones, ampliaciones de emisiones existentes o de valores que el Tesoro Público tenga en su cuenta de valores.

CAPÍTULO I

.

Son funciones encomendadas al Tesoro Público:

  • Pagar las obligaciones del Estado y recaudar sus derechos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.
  • Servir el principio de unidad de caja mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.

b bis) Gestionar los recursos financieros que integran el Tesoro Público mediante la concertación de las operaciones financieras activas o pasivas necesarias para asegurar la eficiencia de dichos recursos.

  • Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones del Estado.
  • Contribuir al buen funcionamiento del sistema financiero nacional.
  • Emitir, contraer y gestionar la deuda del Estado y ejecutar las operaciones financieras relativas a la misma.
  • Responder de los avales contraídos por el Estado según las disposiciones de esta ley.
  • Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente enumeradas.

Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado

En particular, podrán:

  • Subastarse las emisiones al público, en general, entre colocadores autorizados o entre un grupo restringido de éstos que adquieran compromisos especiales respecto a la colocación de la Deuda o al funcionamiento de sus mercados.
  • Cederse parte o la totalidad de una emisión a un precio convenido a una o varias entidades financieras que aseguren su colocación.
  • Realizarse operaciones de venta simple o con pacto de recompra de valores de nuevas emisiones, ampliaciones de emisiones existentes o de valores que el Tesoro Público tenga en su cuenta de valores.

CAPÍTULO I

.

Son funciones encomendadas al Tesoro Público:

  • Pagar las obligaciones del Estado y recaudar sus derechos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.
  • Servir el principio de unidad de caja mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.

b bis) Gestionar los recursos financieros que integran el Tesoro Público mediante la concertación de las operaciones financieras activas o pasivas necesarias para asegurar la eficiencia de dichos recursos.

  • Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones del Estado.
  • Contribuir al buen funcionamiento del sistema financiero nacional.
  • Emitir, contraer y gestionar la deuda del Estado y ejecutar las operaciones financieras relativas a la misma.
  • Responder de los avales contraídos por el Estado según las disposiciones de esta ley.
  • Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente enumeradas.

Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado

En particular, podrán:

  • Subastarse las emisiones al público, en general, entre colocadores autorizados o entre un grupo restringido de éstos que adquieran compromisos especiales respecto a la colocación de la Deuda o al funcionamiento de sus mercados.
  • Cederse parte o la totalidad de una emisión a un precio convenido a una o varias entidades financieras que aseguren su colocación.
  • Realizarse operaciones de venta simple o con pacto de recompra de valores de nuevas emisiones, ampliaciones de emisiones existentes o de valores que el Tesoro Público tenga en su cuenta de valores.

CAPÍTULO I

.

Son funciones encomendadas al Tesoro Público:

  • Pagar las obligaciones del Estado y recaudar sus derechos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.
  • Servir el principio de unidad de caja mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.

b bis) Gestionar los recursos financieros que integran el Tesoro Público mediante la concertación de las operaciones financieras activas o pasivas necesarias para asegurar la eficiencia de dichos recursos.

  • Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones del Estado.
  • Contribuir al buen funcionamiento del sistema financiero nacional.
  • Emitir, contraer y gestionar la deuda del Estado y ejecutar las operaciones financieras relativas a la misma.
  • Responder de los avales contraídos por el Estado según las disposiciones de esta ley.
  • Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente enumeradas.

Sección 2.ª Operaciones relativas a la Deuda del Estado

En particular, podrán:

  • Subastarse las emisiones al público, en general, entre colocadores autorizados o entre un grupo restringido de éstos que adquieran compromisos especiales respecto a la colocación de la Deuda o al funcionamiento de sus mercados.
  • Cederse parte o la totalidad de una emisión a un precio convenido a una o varias entidades financieras que aseguren su colocación.
  • Realizarse operaciones de venta simple o con pacto de recompra de valores de nuevas emisiones, ampliaciones de emisiones existentes o de valores que el Tesoro Público tenga en su cuenta de valores.

CAPÍTULO I

.

Son funciones encomendadas al Tesoro Público:

  • Pagar las obligaciones del Estado y recaudar sus derechos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.
  • Servir el principio de unidad de caja mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.

b bis) Gestionar los recursos financieros que integran el Tesoro Público mediante la concertación de las operaciones financieras activas o pasivas necesarias para asegurar la eficiencia de dichos recursos.

  • Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones del Estado.
  • Contribuir al buen funcionamiento del sistema financiero nacional.
  • Emitir, contraer y gestionar la deuda del Estado y ejecutar las operaciones financieras relativas a la misma.
  • Responder de los avales contraídos por el Estado según las disposiciones de esta ley.
  • Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente enumeradas.

Guías del blog sobre LGP

Practica preguntas del Artículo 91 de LGP

Genera un test centrado en este artículo con preguntas verificadas contra el texto oficial y referencias cruzadas con los exámenes reales.

Todos los temas gratis — sin tarjeta

Preguntas verificadas contra el BOE

Prueba gratis