Ley de Enjuiciamiento Civil
Artículo 668 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
CAPÍTULO IV
Este artículo aparece en 8 secciones de la ley:
- ▸CAPÍTULO IV
- ▸Título VI de la Ley Hipotecaria. Si el tribunal de la ejecución fuera competente para reconocer de las actuaciones judiciales que, a tal efecto, hubieran de practicarse, se llevarán a cabo éstas dentro del proceso de ejecución.
- ▸CAPÍTULO IV
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- El contenido del anuncio de la subasta y su publicidad se realizará con arreglo a lo previsto en el
Título VI de la Ley Hipotecaria. Si el tribunal de la ejecución fuera competente para reconocer de las actuaciones judiciales que, a tal efecto, hubieran de practicarse, se llevarán a cabo éstas dentro del proceso de ejecución.
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