Ley de Enjuiciamiento Civil
Artículo 211 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
CAPÍTULO VIII
Este artículo aparece en 8 secciones de la ley:
- ▸CAPÍTULO VIII
- ▸Sección 1.ª De las clases, forma y contenido de las resoluciones y del modo de dictarlas, publicarlas y archivarlas
- ▸CAPÍTULO VIII
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CAPÍTULO VIII
- Las resoluciones de Tribunales y Letrados de la Administración de Justicia serán dictadas dentro del plazo que la ley establezca.
- La inobservancia del plazo dará lugar a corrección disciplinaria, a no mediar justa causa, que se hará constar en la resolución.
Sección 1.ª De las clases, forma y contenido de las resoluciones y del modo de dictarlas, publicarlas y archivarlas
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- Las resoluciones de Tribunales y Letrados de la Administración de Justicia serán dictadas dentro del plazo que la ley establezca.
- La inobservancia del plazo dará lugar a corrección disciplinaria, a no mediar justa causa, que se hará constar en la resolución.
CAPÍTULO VIII
- Las resoluciones de Tribunales y Letrados de la Administración de Justicia serán dictadas dentro del plazo que la ley establezca.
- La inobservancia del plazo dará lugar a corrección disciplinaria, a no mediar justa causa, que se hará constar en la resolución.
CAPÍTULO VIII
- Las resoluciones de Tribunales y Letrados de la Administración de Justicia serán dictadas dentro del plazo que la ley establezca.
- La inobservancia del plazo dará lugar a corrección disciplinaria, a no mediar justa causa, que se hará constar en la resolución.
CAPÍTULO VIII
- Las resoluciones de Tribunales y Letrados de la Administración de Justicia serán dictadas dentro del plazo que la ley establezca.
- La inobservancia del plazo dará lugar a corrección disciplinaria, a no mediar justa causa, que se hará constar en la resolución.
CAPÍTULO VIII
- Las resoluciones de Tribunales y Letrados de la Administración de Justicia serán dictadas dentro del plazo que la ley establezca.
- La inobservancia del plazo dará lugar a corrección disciplinaria, a no mediar justa causa, que se hará constar en la resolución.
CAPÍTULO VIII
- Las resoluciones de Tribunales y Letrados de la Administración de Justicia serán dictadas dentro del plazo que la ley establezca.
- La inobservancia del plazo dará lugar a corrección disciplinaria, a no mediar justa causa, que se hará constar en la resolución.
CAPÍTULO VIII
- Las resoluciones de Tribunales y Letrados de la Administración de Justicia serán dictadas dentro del plazo que la ley establezca.
- La inobservancia del plazo dará lugar a corrección disciplinaria, a no mediar justa causa, que se hará constar en la resolución.