Artículo 253 de la Ley de Contratos del Sector Publico
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- ▸Sección 3.ª Construcción de las obras objeto de concesión
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Sección 3.ª Construcción de las obras objeto de concesión
Corresponde al concesionario el control de la ejecución de las obras que contrate con terceros debiendo ajustarse el control al plan que el concesionario elabore y resulte aprobado por el órgano de contratación. Este podrá en cualquier momento recabar información sobre la marcha de las obras y girar a las mismas las visitas de inspección que estime oportunas.
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