Ley del Procedimiento Administrativo Comun

Artículo 7 de la Ley del Procedimiento Administrativo Comun

TÍTULO I — De los interesados en el procedimientoCAPÍTULO I — La capacidad de obrar y el concepto de interesado

Este artículo aparece en 13 secciones de la ley:

  • La capacidad de obrar y el concepto de interesado
  • La capacidad de obrar y el concepto de interesado
  • La capacidad de obrar y el concepto de interesado
  • La capacidad de obrar y el concepto de interesado
  • La capacidad de obrar y el concepto de interesado
  • La capacidad de obrar y el concepto de interesado
  • La capacidad de obrar y el concepto de interesado
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  • La capacidad de obrar y el concepto de interesado
  • La capacidad de obrar y el concepto de interesado
  • La capacidad de obrar y el concepto de interesado

La capacidad de obrar y el concepto de interesado

Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término.

La capacidad de obrar y el concepto de interesado

Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término.

La capacidad de obrar y el concepto de interesado

Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término.

La capacidad de obrar y el concepto de interesado

Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término.

La capacidad de obrar y el concepto de interesado

Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término.

La capacidad de obrar y el concepto de interesado

Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término.

La capacidad de obrar y el concepto de interesado

Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término.

La capacidad de obrar y el concepto de interesado

Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término.

La capacidad de obrar y el concepto de interesado

Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término.

La capacidad de obrar y el concepto de interesado

Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término.

La capacidad de obrar y el concepto de interesado

Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término.

La capacidad de obrar y el concepto de interesado

Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término.

La capacidad de obrar y el concepto de interesado

Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término.

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