Ley Organica del Poder Judicial

Artículo 68 de la Ley Organica del Poder Judicial

TÍTULO IV — De la composición y atribuciones de los órganos jurisdiccionalesCAPÍTULO II — De la Audiencia Nacional

Este artículo aparece en 13 secciones de la ley:

  • De la Audiencia Nacional
  • De la Audiencia Nacional
  • De la Audiencia Nacional
  • De la Audiencia Nacional
  • De la Audiencia Nacional
  • Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Central de Instancia y de aquellos otros recursos que excepcionalmente le atribuya la ley.
  • De la Audiencia Nacional
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De la Audiencia Nacional

  1. Conocerá además cada una de las Salas de la Audiencia Nacional de las recusaciones que se interpusieren contra los Magistrados que las compongan.
  2. A estos efectos, los Magistrados recusados no formarán parte de la Sala.

De la Audiencia Nacional

  1. Conocerá además cada una de las Salas de la Audiencia Nacional de las recusaciones que se interpusieren contra los Magistrados que las compongan.
  2. A estos efectos, los Magistrados recusados no formarán parte de la Sala.

De la Audiencia Nacional

  1. Conocerá además cada una de las Salas de la Audiencia Nacional de las recusaciones que se interpusieren contra los Magistrados que las compongan.
  2. A estos efectos, los Magistrados recusados no formarán parte de la Sala.

De la Audiencia Nacional

  1. Conocerá además cada una de las Salas de la Audiencia Nacional de las recusaciones que se interpusieren contra los Magistrados que las compongan.
  2. A estos efectos, los Magistrados recusados no formarán parte de la Sala.

De la Audiencia Nacional

  1. Conocerá además cada una de las Salas de la Audiencia Nacional de las recusaciones que se interpusieren contra los Magistrados que las compongan.
  2. A estos efectos, los Magistrados recusados no formarán parte de la Sala.

Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Central de Instancia y de aquellos otros recursos que excepcionalmente le atribuya la ley.

  1. Conocerá además cada una de las Salas de la Audiencia Nacional de las recusaciones que se interpusieren contra los Magistrados que las compongan.
  2. A estos efectos, los Magistrados recusados no formarán parte de la Sala.

De la Audiencia Nacional

  1. Conocerá además cada una de las Salas de la Audiencia Nacional de las recusaciones que se interpusieren contra los Magistrados que las compongan.
  2. A estos efectos, los Magistrados recusados no formarán parte de la Sala.

De la Audiencia Nacional

  1. Conocerá además cada una de las Salas de la Audiencia Nacional de las recusaciones que se interpusieren contra los Magistrados que las compongan.
  2. A estos efectos, los Magistrados recusados no formarán parte de la Sala.

De la Audiencia Nacional

  1. Conocerá además cada una de las Salas de la Audiencia Nacional de las recusaciones que se interpusieren contra los Magistrados que las compongan.
  2. A estos efectos, los Magistrados recusados no formarán parte de la Sala.

De la Audiencia Nacional

  1. Conocerá además cada una de las Salas de la Audiencia Nacional de las recusaciones que se interpusieren contra los Magistrados que las compongan.
  2. A estos efectos, los Magistrados recusados no formarán parte de la Sala.

De la Audiencia Nacional

  1. Conocerá además cada una de las Salas de la Audiencia Nacional de las recusaciones que se interpusieren contra los Magistrados que las compongan.
  2. A estos efectos, los Magistrados recusados no formarán parte de la Sala.

De la Audiencia Nacional

  1. Conocerá además cada una de las Salas de la Audiencia Nacional de las recusaciones que se interpusieren contra los Magistrados que las compongan.
  2. A estos efectos, los Magistrados recusados no formarán parte de la Sala.

De la Audiencia Nacional

  1. Conocerá además cada una de las Salas de la Audiencia Nacional de las recusaciones que se interpusieren contra los Magistrados que las compongan.
  2. A estos efectos, los Magistrados recusados no formarán parte de la Sala.

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