Artículo 297 de la Ley de Contratos del Sector Publico
Este artículo aparece en 21 secciones de la ley:
- ▸Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
- ▸Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
- ▸Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
- ▸Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
- ▸Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
- ▸Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
- ▸Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
- ▸Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
- ▸Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
- ▸Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
- ▸Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
- ▸Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
- ▸Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
- ▸Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
- ▸Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
- ▸Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
- ▸Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
- ▸Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
- ▸Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
- ▸Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
- ▸Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
.
En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
CAPÍTULO IV
Del contrato de suministro
Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
.
En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
CAPÍTULO IV
Del contrato de suministro
Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
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En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
CAPÍTULO IV
Del contrato de suministro
Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
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En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
CAPÍTULO IV
Del contrato de suministro
Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
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En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
CAPÍTULO IV
Del contrato de suministro
Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
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En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
CAPÍTULO IV
Del contrato de suministro
Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
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En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
CAPÍTULO IV
Del contrato de suministro
Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
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En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
CAPÍTULO IV
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Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
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En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
CAPÍTULO IV
Del contrato de suministro
Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.
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