Ley de Contratos del Sector Publico

Artículo 297 de la Ley de Contratos del Sector Publico

TÍTULO II — De los distintos tipos de contratos de las Administraciones PúblicasCAPÍTULO III — Del contrato de concesión de serviciosSección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios

Este artículo aparece en 21 secciones de la ley:

  • Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
  • Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
  • Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
  • Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
  • Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
  • Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
  • Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
  • Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
  • Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
  • Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
  • Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
  • Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
  • Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
  • Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
  • Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
  • Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
  • Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
  • Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
  • Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios
  • Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro
  • Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios

Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios

En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios

En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios

En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

.

En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

CAPÍTULO IV

Del contrato de suministro

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios

En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

.

En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

CAPÍTULO IV

Del contrato de suministro

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios

En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

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En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

CAPÍTULO IV

Del contrato de suministro

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios

En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

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En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

CAPÍTULO IV

Del contrato de suministro

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios

En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

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En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

CAPÍTULO IV

Del contrato de suministro

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios

En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

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En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

CAPÍTULO IV

Del contrato de suministro

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios

En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

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En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

CAPÍTULO IV

Del contrato de suministro

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios

En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

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En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

CAPÍTULO IV

Del contrato de suministro

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios

En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

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En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

CAPÍTULO IV

Del contrato de suministro

Sección 1.ª Regulación de determinados contratos de suministro

Sección 8.ª Regulación supletoria del contrato de concesión de servicios

En lo no previsto en el presente Capítulo respecto al contrato de concesión de servicios, le será de aplicación la regulación establecida en la presente Ley respecto al contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza de aquel.

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