Ley de Regimen Juridico del Sector Publico

Artículo df_novena de la Ley de Regimen Juridico del Sector Publico

«TÍTULO V — De la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno

Este artículo aparece en 13 secciones de la ley:

  • De la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno
  • De la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno
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De la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno

El Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, queda modificado como sigue:

Uno. El artículo 60 queda redactado del siguiente modo:

Dos. El artículo 61 queda redactado del siguiente modo:

Tres. Se introduce un artículo 61 bis, con la siguiente redacción:

Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:

Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:

Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:

Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:

Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:

Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:

Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:

Once. El apartado 1 del artículo 288 queda redactado de la siguiente manera:

Doce. Se incorpora una nueva disposición adicional con el siguiente contenido:

Trece. Se incorpora una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido:

De la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno

El Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, queda modificado como sigue:

Uno. El artículo 60 queda redactado del siguiente modo:

Dos. El artículo 61 queda redactado del siguiente modo:

Tres. Se introduce un artículo 61 bis, con la siguiente redacción:

Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:

Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:

Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:

Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:

Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:

Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:

Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:

Once. El apartado 1 del artículo 288 queda redactado de la siguiente manera:

Doce. Se incorpora una nueva disposición adicional con el siguiente contenido:

Trece. Se incorpora una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido:

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Uno. El artículo 60 queda redactado del siguiente modo:

Dos. El artículo 61 queda redactado del siguiente modo:

Tres. Se introduce un artículo 61 bis, con la siguiente redacción:

Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:

Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:

Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:

Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:

Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:

Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:

Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:

Once. El apartado 1 del artículo 288 queda redactado de la siguiente manera:

Doce. Se incorpora una nueva disposición adicional con el siguiente contenido:

Trece. Se incorpora una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido:

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Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:

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Trece. Se incorpora una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido:

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Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:

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Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:

Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:

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Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:

Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:

Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:

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Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:

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Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:

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Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:

Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:

Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:

Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:

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Doce. Se incorpora una nueva disposición adicional con el siguiente contenido:

Trece. Se incorpora una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido:

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Uno. El artículo 60 queda redactado del siguiente modo:

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Tres. Se introduce un artículo 61 bis, con la siguiente redacción:

Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:

Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:

Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:

Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:

Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:

Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:

Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:

Once. El apartado 1 del artículo 288 queda redactado de la siguiente manera:

Doce. Se incorpora una nueva disposición adicional con el siguiente contenido:

Trece. Se incorpora una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido:

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Tres. Se introduce un artículo 61 bis, con la siguiente redacción:

Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:

Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:

Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:

Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:

Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:

Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:

Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:

Once. El apartado 1 del artículo 288 queda redactado de la siguiente manera:

Doce. Se incorpora una nueva disposición adicional con el siguiente contenido:

Trece. Se incorpora una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido:

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Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:

Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:

Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:

Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:

Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:

Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:

Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:

Once. El apartado 1 del artículo 288 queda redactado de la siguiente manera:

Doce. Se incorpora una nueva disposición adicional con el siguiente contenido:

Trece. Se incorpora una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido:

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El Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, queda modificado como sigue:

Uno. El artículo 60 queda redactado del siguiente modo:

Dos. El artículo 61 queda redactado del siguiente modo:

Tres. Se introduce un artículo 61 bis, con la siguiente redacción:

Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:

Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:

Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:

Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:

Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:

Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:

Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:

Once. El apartado 1 del artículo 288 queda redactado de la siguiente manera:

Doce. Se incorpora una nueva disposición adicional con el siguiente contenido:

Trece. Se incorpora una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido:

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Dos. El artículo 61 queda redactado del siguiente modo:

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Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:

Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:

Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:

Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:

Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:

Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:

Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:

Once. El apartado 1 del artículo 288 queda redactado de la siguiente manera:

Doce. Se incorpora una nueva disposición adicional con el siguiente contenido:

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Uno. El artículo 60 queda redactado del siguiente modo:

Dos. El artículo 61 queda redactado del siguiente modo:

Tres. Se introduce un artículo 61 bis, con la siguiente redacción:

Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:

Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:

Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:

Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:

Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:

Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:

Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:

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