Artículo df_novena de la Ley de Regimen Juridico del Sector Publico
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- ▸De la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno
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De la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno
El Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, queda modificado como sigue:
Uno. El artículo 60 queda redactado del siguiente modo:
Dos. El artículo 61 queda redactado del siguiente modo:
Tres. Se introduce un artículo 61 bis, con la siguiente redacción:
Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:
Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:
Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:
Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:
Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:
Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:
Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:
Once. El apartado 1 del artículo 288 queda redactado de la siguiente manera:
Doce. Se incorpora una nueva disposición adicional con el siguiente contenido:
Trece. Se incorpora una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido:
De la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno
El Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, queda modificado como sigue:
Uno. El artículo 60 queda redactado del siguiente modo:
Dos. El artículo 61 queda redactado del siguiente modo:
Tres. Se introduce un artículo 61 bis, con la siguiente redacción:
Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:
Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:
Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:
Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:
Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:
Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:
Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:
Once. El apartado 1 del artículo 288 queda redactado de la siguiente manera:
Doce. Se incorpora una nueva disposición adicional con el siguiente contenido:
Trece. Se incorpora una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido:
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Tres. Se introduce un artículo 61 bis, con la siguiente redacción:
Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:
Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:
Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:
Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:
Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:
Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:
Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:
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Doce. Se incorpora una nueva disposición adicional con el siguiente contenido:
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Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:
Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:
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Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:
Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:
Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:
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Tres. Se introduce un artículo 61 bis, con la siguiente redacción:
Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:
Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:
Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:
Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:
Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:
Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:
Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:
Once. El apartado 1 del artículo 288 queda redactado de la siguiente manera:
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Tres. Se introduce un artículo 61 bis, con la siguiente redacción:
Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:
Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:
Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:
Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:
Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:
Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:
Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:
Once. El apartado 1 del artículo 288 queda redactado de la siguiente manera:
Doce. Se incorpora una nueva disposición adicional con el siguiente contenido:
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Dos. El artículo 61 queda redactado del siguiente modo:
Tres. Se introduce un artículo 61 bis, con la siguiente redacción:
Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:
Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:
Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:
Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:
Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:
Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:
Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:
Once. El apartado 1 del artículo 288 queda redactado de la siguiente manera:
Doce. Se incorpora una nueva disposición adicional con el siguiente contenido:
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Uno. El artículo 60 queda redactado del siguiente modo:
Dos. El artículo 61 queda redactado del siguiente modo:
Tres. Se introduce un artículo 61 bis, con la siguiente redacción:
Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:
Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:
Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:
Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:
Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:
Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:
Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:
Once. El apartado 1 del artículo 288 queda redactado de la siguiente manera:
Doce. Se incorpora una nueva disposición adicional con el siguiente contenido:
Trece. Se incorpora una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido:
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Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:
Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:
Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:
Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:
Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:
Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:
Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:
Once. El apartado 1 del artículo 288 queda redactado de la siguiente manera:
Doce. Se incorpora una nueva disposición adicional con el siguiente contenido:
Trece. Se incorpora una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido:
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Uno. El artículo 60 queda redactado del siguiente modo:
Dos. El artículo 61 queda redactado del siguiente modo:
Tres. Se introduce un artículo 61 bis, con la siguiente redacción:
Cuatro. El apartado 2 del artículo 150 queda redactado de la siguiente manera:
Cinco. El artículo 254 queda redactado de la siguiente manera:
Seis. El artículo 256 queda redactado de la siguiente manera:
Siete. El artículo 261 queda redactado de la siguiente manera:
Ocho. Los apartados 1 y 3 del artículo 271 quedan redactados de la siguiente manera:
Nueve. Se añade un nuevo artículo 271 bis con la siguiente redacción:
Diez. Se añade un nuevo artículo 271 ter con la siguiente redacción:
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Trece. Se incorpora una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido:
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