Artículo 39 de la Ley de Regimen Juridico del Sector Publico
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Funcionamiento electrónico del sector público
Se entiende por portal de internet el punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponda a una Administración Pública, organismo público o entidad de Derecho Público que permite el acceso a través de internet a la información publicada y, en su caso, a la sede electrónica correspondiente.
Funcionamiento electrónico del sector público
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