Ley de Regimen Juridico del Sector Publico

Artículo 37 de la Ley de Regimen Juridico del Sector Publico

TÍTULO PRELIMINAR — Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector públicoCAPÍTULO IV — De la responsabilidad patrimonial de las Administraciones PúblicasSección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas

Este artículo aparece en 13 secciones de la ley:

  • Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
  • Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
  • Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
  • Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
  • Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
  • Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
  • Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
  • Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
  • Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
  • Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
  • Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
  • Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
  • Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas

Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas

  1. La responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como la responsabilidad civil derivada del delito se exigirá de acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente.
  2. La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.

Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas

  1. La responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como la responsabilidad civil derivada del delito se exigirá de acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente.
  2. La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.

Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas

  1. La responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como la responsabilidad civil derivada del delito se exigirá de acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente.
  2. La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.

Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas

  1. La responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como la responsabilidad civil derivada del delito se exigirá de acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente.
  2. La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.

Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas

  1. La responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como la responsabilidad civil derivada del delito se exigirá de acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente.
  2. La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.

Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas

  1. La responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como la responsabilidad civil derivada del delito se exigirá de acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente.
  2. La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.

Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas

  1. La responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como la responsabilidad civil derivada del delito se exigirá de acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente.
  2. La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.

Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas

  1. La responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como la responsabilidad civil derivada del delito se exigirá de acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente.
  2. La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.

Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas

  1. La responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como la responsabilidad civil derivada del delito se exigirá de acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente.
  2. La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.

Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas

  1. La responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como la responsabilidad civil derivada del delito se exigirá de acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente.
  2. La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.

Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas

  1. La responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como la responsabilidad civil derivada del delito se exigirá de acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente.
  2. La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.

Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas

  1. La responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como la responsabilidad civil derivada del delito se exigirá de acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente.
  2. La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.

Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas

  1. La responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como la responsabilidad civil derivada del delito se exigirá de acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente.
  2. La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.

Guías del blog sobre LRJSP

Practica preguntas del Artículo 37 de LRJSP

Genera un test centrado en este artículo con preguntas verificadas contra el texto oficial y referencias cruzadas con los exámenes reales.

Todos los temas gratis — sin tarjeta

Preguntas verificadas contra el BOE

Prueba gratis