Ley del Procedimiento Administrativo Comun

Artículo 79 de la Ley del Procedimiento Administrativo Comun

TÍTULO IV — De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo comúnCAPÍTULO IV — Instrucción del procedimientoSección 3.ª Informes

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  • Sección 3.ª Informes
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Sección 3.ª Informes

  1. A efectos de la resolución del procedimiento, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos por las disposiciones legales, y los que se juzguen necesarios para resolver, citándose el precepto que los exija o fundamentando, en su caso, la conveniencia de reclamarlos.
  2. En la petición de informe se concretará el extremo o extremos acerca de los que se solicita.

Sección 3.ª Informes

  1. A efectos de la resolución del procedimiento, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos por las disposiciones legales, y los que se juzguen necesarios para resolver, citándose el precepto que los exija o fundamentando, en su caso, la conveniencia de reclamarlos.
  2. En la petición de informe se concretará el extremo o extremos acerca de los que se solicita.

Sección 3.ª Informes

  1. A efectos de la resolución del procedimiento, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos por las disposiciones legales, y los que se juzguen necesarios para resolver, citándose el precepto que los exija o fundamentando, en su caso, la conveniencia de reclamarlos.
  2. En la petición de informe se concretará el extremo o extremos acerca de los que se solicita.

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  1. A efectos de la resolución del procedimiento, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos por las disposiciones legales, y los que se juzguen necesarios para resolver, citándose el precepto que los exija o fundamentando, en su caso, la conveniencia de reclamarlos.
  2. En la petición de informe se concretará el extremo o extremos acerca de los que se solicita.

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  1. A efectos de la resolución del procedimiento, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos por las disposiciones legales, y los que se juzguen necesarios para resolver, citándose el precepto que los exija o fundamentando, en su caso, la conveniencia de reclamarlos.
  2. En la petición de informe se concretará el extremo o extremos acerca de los que se solicita.

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  1. A efectos de la resolución del procedimiento, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos por las disposiciones legales, y los que se juzguen necesarios para resolver, citándose el precepto que los exija o fundamentando, en su caso, la conveniencia de reclamarlos.
  2. En la petición de informe se concretará el extremo o extremos acerca de los que se solicita.

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  1. A efectos de la resolución del procedimiento, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos por las disposiciones legales, y los que se juzguen necesarios para resolver, citándose el precepto que los exija o fundamentando, en su caso, la conveniencia de reclamarlos.
  2. En la petición de informe se concretará el extremo o extremos acerca de los que se solicita.

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  1. A efectos de la resolución del procedimiento, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos por las disposiciones legales, y los que se juzguen necesarios para resolver, citándose el precepto que los exija o fundamentando, en su caso, la conveniencia de reclamarlos.
  2. En la petición de informe se concretará el extremo o extremos acerca de los que se solicita.

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  1. A efectos de la resolución del procedimiento, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos por las disposiciones legales, y los que se juzguen necesarios para resolver, citándose el precepto que los exija o fundamentando, en su caso, la conveniencia de reclamarlos.
  2. En la petición de informe se concretará el extremo o extremos acerca de los que se solicita.

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  2. En la petición de informe se concretará el extremo o extremos acerca de los que se solicita.

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  1. A efectos de la resolución del procedimiento, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos por las disposiciones legales, y los que se juzguen necesarios para resolver, citándose el precepto que los exija o fundamentando, en su caso, la conveniencia de reclamarlos.
  2. En la petición de informe se concretará el extremo o extremos acerca de los que se solicita.

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  1. A efectos de la resolución del procedimiento, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos por las disposiciones legales, y los que se juzguen necesarios para resolver, citándose el precepto que los exija o fundamentando, en su caso, la conveniencia de reclamarlos.
  2. En la petición de informe se concretará el extremo o extremos acerca de los que se solicita.

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  1. A efectos de la resolución del procedimiento, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos por las disposiciones legales, y los que se juzguen necesarios para resolver, citándose el precepto que los exija o fundamentando, en su caso, la conveniencia de reclamarlos.
  2. En la petición de informe se concretará el extremo o extremos acerca de los que se solicita.

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