Artículo 30 de la Constitucion Española
El artículo establece que los españoles tienen derecho y deber de defender España, regulándose por ley las obligaciones militares y la objeción de conciencia con prestación social sustitutoria. También permite crear un servicio civil de interés general y regular deberes ciudadanos ante catástrofes.
Este artículo aparece en 13 secciones de la ley:
- ▸Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
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Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
- Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.
- La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.
- Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.
- Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
- Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.
- La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.
- Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.
- Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
- Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.
- La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.
- Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.
- Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
- Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.
- La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.
- Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.
- Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
- Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.
- La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.
- Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.
- Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
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- La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.
- Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.
- Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
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- La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.
- Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.
- Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
- Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.
- La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.
- Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.
- Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
- Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.
- La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.
- Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.
- Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
- Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.
- La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.
- Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.
- Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
- Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.
- La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.
- Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.
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Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
- Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.
- La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.
- Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.
- Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
- Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.
- La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.
- Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.
- Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
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