TL;DR
- Categoría: Cuerpo General de la Administración de Justicia, subgrupo A2.
- Función principal: colaborar en la actividad procesal de nivel superior y gestionar la tramitación, dando cuenta al Letrado de la Administración de Justicia (art. 476 LOPJ).
- Sueldo base 2026: 1.199,52 €/mes; neto de entrada estimado de 1.900-2.150 €/mes.
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Qué dice la LOPJ
El art. 476 de la LOPJ atribuye al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa colaborar en la actividad procesal de nivel superior y realizar tareas procesales propias, bajo el principio de jerarquía y según el puesto concreto:
- Gestionar la tramitación de los procedimientos, dando cuenta al Letrado, sobre todo cuando haya que interpretar la ley o las normas procesales.
- Practicar y firmar las comparecencias de las partes, con capacidad de certificación.
- Documentar embargos, lanzamientos y otros actos, con la consideración de agente de la autoridad, salvo que el Letrado considere necesaria su intervención.
- Extender notas y elaborar notas de referencia y de resumen de los autos.
- Registro, recepción y distribución de escritos y documentos.
- Expedir copias simples, con conocimiento del Letrado y a costa del interesado.
- Ocupar las jefaturas de los servicios comunes procesales previstas en la relación de puestos de trabajo.
- Funciones de gestión de personal y medios materiales cuando el puesto las contemple.
Lo que NO hace un Gestor
- No dicta diligencias de ordenación ni decretos: son resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia (art. 206 LEC).
- No ejerce la fe pública judicial, salvo el supuesto excepcional del art. 451.3 LOPJ (entradas y registros simultáneos de la Audiencia Nacional sin Letrados suficientes).
- No sustituye al Letrado con carácter general: las suplencias las cubren otros Letrados (art. 451); un Gestor solo puede actuar como Letrado si es nombrado Letrado sustituto y reúne los requisitos.
Diferencia con Tramitación Procesal (C1)
| Aspecto | Gestión (A2) | Tramitación (C1) |
|---|---|---|
| Titulación | Grado, Diplomatura o equivalente | Bachillerato o equivalente |
| Regulación de funciones | Art. 476 LOPJ | Art. 477 LOPJ |
| Jefaturas de servicios comunes | Sí, según la relación de puestos | No es su función general |
| Sueldo base 2026 | 1.199,52 €/mes | 900,63 €/mes |
Dónde trabaja
En la Oficina judicial (servicios comunes de tramitación y otros servicios comunes), en los Tribunales de Instancia y demás órganos, y en las Oficinas de Justicia en los municipios, donde puede desempeñar la Secretaría. La jornada y el horario los fija la normativa de cada Administración competente.
Más información en la página pilar de Gestión Procesal.