Reglamento Penitenciario

Artículo 61 de la Reglamento Penitenciario

CAPITULO VI — Participación de los internos en las actividades de los establecimientos

Este artículo aparece en 5 secciones de la ley:

  • Participación de los internos en las actividades de los establecimientos
  • Participación de los internos en las actividades de los establecimientos
  • Participación de los internos en las actividades de los establecimientos
  • Participación de los internos en las actividades de los establecimientos
  • Participación de los internos en las actividades de los establecimientos

Participación de los internos en las actividades de los establecimientos

  1. Igualmente, podrán presentar los representantes de los internos toda clase de sugerencias, que deberán ser elevadas por el funcionario receptor al Director del Establecimiento.
  2. La participación de los internos, a través de la correspondiente Comisión, en la programación y ejecución de las actividades laborales, se ajustará a lo previsto en el Capítulo IV del Título V de este Reglamento.

Participación de los internos en las actividades de los establecimientos

  1. Igualmente, podrán presentar los representantes de los internos toda clase de sugerencias, que deberán ser elevadas por el funcionario receptor al Director del Establecimiento.
  2. La participación de los internos, a través de la correspondiente Comisión, en la programación y ejecución de las actividades laborales, se ajustará a lo previsto en el Capítulo IV del Título V de este Reglamento.

Participación de los internos en las actividades de los establecimientos

  1. Igualmente, podrán presentar los representantes de los internos toda clase de sugerencias, que deberán ser elevadas por el funcionario receptor al Director del Establecimiento.
  2. La participación de los internos, a través de la correspondiente Comisión, en la programación y ejecución de las actividades laborales, se ajustará a lo previsto en el Capítulo IV del Título V de este Reglamento.

Participación de los internos en las actividades de los establecimientos

  1. Igualmente, podrán presentar los representantes de los internos toda clase de sugerencias, que deberán ser elevadas por el funcionario receptor al Director del Establecimiento.
  2. La participación de los internos, a través de la correspondiente Comisión, en la programación y ejecución de las actividades laborales, se ajustará a lo previsto en el Capítulo IV del Título V de este Reglamento.

Participación de los internos en las actividades de los establecimientos

  1. Igualmente, podrán presentar los representantes de los internos toda clase de sugerencias, que deberán ser elevadas por el funcionario receptor al Director del Establecimiento.
  2. La participación de los internos, a través de la correspondiente Comisión, en la programación y ejecución de las actividades laborales, se ajustará a lo previsto en el Capítulo IV del Título V de este Reglamento.

Guías del blog sobre Reglamento Penitenciario

Practica preguntas del Artículo 61 de Reglamento Penitenciario

Genera un test centrado en este artículo con preguntas verificadas contra el texto oficial y referencias cruzadas con los exámenes reales.

Todos los temas gratis — sin tarjeta

Preguntas verificadas contra el BOE

Prueba gratis