Reglamento Penitenciario

Artículo 325 de la Reglamento Penitenciario

CAPITULO VIII — Normas relativas al Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias

Este artículo aparece en 5 secciones de la ley:

  • Normas relativas al Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias
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Normas relativas al Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias

  1. La gestión económica, administrativa y patrimonial desarrollada en los centros penitenciarios relativa al Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias se regirá por su normativa propia y, en su defecto, por las disposiciones de este Reglamento y de sus normas de desarrollo que resulten directamente aplicables.
  2. Los gastos y pagos derivados de obligaciones del organismo autónomo que deban realizarse en los centros penitenciarios serán efectuados por quienes tengan reconocida en cada centro la competencia para realizarlos.

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  1. La gestión económica, administrativa y patrimonial desarrollada en los centros penitenciarios relativa al Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias se regirá por su normativa propia y, en su defecto, por las disposiciones de este Reglamento y de sus normas de desarrollo que resulten directamente aplicables.
  2. Los gastos y pagos derivados de obligaciones del organismo autónomo que deban realizarse en los centros penitenciarios serán efectuados por quienes tengan reconocida en cada centro la competencia para realizarlos.

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  1. La gestión económica, administrativa y patrimonial desarrollada en los centros penitenciarios relativa al Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias se regirá por su normativa propia y, en su defecto, por las disposiciones de este Reglamento y de sus normas de desarrollo que resulten directamente aplicables.
  2. Los gastos y pagos derivados de obligaciones del organismo autónomo que deban realizarse en los centros penitenciarios serán efectuados por quienes tengan reconocida en cada centro la competencia para realizarlos.

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  1. La gestión económica, administrativa y patrimonial desarrollada en los centros penitenciarios relativa al Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias se regirá por su normativa propia y, en su defecto, por las disposiciones de este Reglamento y de sus normas de desarrollo que resulten directamente aplicables.
  2. Los gastos y pagos derivados de obligaciones del organismo autónomo que deban realizarse en los centros penitenciarios serán efectuados por quienes tengan reconocida en cada centro la competencia para realizarlos.

Normas relativas al Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias

  1. La gestión económica, administrativa y patrimonial desarrollada en los centros penitenciarios relativa al Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias se regirá por su normativa propia y, en su defecto, por las disposiciones de este Reglamento y de sus normas de desarrollo que resulten directamente aplicables.
  2. Los gastos y pagos derivados de obligaciones del organismo autónomo que deban realizarse en los centros penitenciarios serán efectuados por quienes tengan reconocida en cada centro la competencia para realizarlos.

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