Ley Organica del Poder Judicial

Artículo 40 de la Ley Organica del Poder Judicial

TÍTULO III — De los conflictos de jurisdicción y de los conflictos y cuestiones de competenciaCAPÍTULO I — De los conflictos de jurisdicción

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De los conflictos de jurisdicción

Anualmente se renovarán los componentes de los órganos colegiados decisorios previstos en los dos artículos anteriores.

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De los conflictos de jurisdicción

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CAPÍTULO I

Anualmente se renovarán los componentes de los órganos colegiados decisorios previstos en los dos artículos anteriores.

De los conflictos de jurisdicción

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De los conflictos de jurisdicción

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