Ley Organica del Poder Judicial

Artículo 325 de la Ley Organica del Poder Judicial

TÍTULO I — De la Carrera Judicial y de la provisión de destinosCAPÍTULO IV — De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados

Este artículo aparece en 13 secciones de la ley:

  • De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados
  • De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados
  • De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados
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  • De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados
  • CAPÍTULO V
  • De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados
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  • De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados
  • De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados

De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados

En los actos de oficio, los Jueces y Magistrados no podrán recibir mayor tratamiento que el que corresponda a su empleo efectivo en la Carrera Judicial, aunque lo tuvieren superior en diferente carrera o por otros títulos.

De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados

En los actos de oficio, los Jueces y Magistrados no podrán recibir mayor tratamiento que el que corresponda a su empleo efectivo en la Carrera Judicial, aunque lo tuvieren superior en diferente carrera o por otros títulos.

De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados

En los actos de oficio, los Jueces y Magistrados no podrán recibir mayor tratamiento que el que corresponda a su empleo efectivo en la Carrera Judicial, aunque lo tuvieren superior en diferente carrera o por otros títulos.

De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados

En los actos de oficio, los Jueces y Magistrados no podrán recibir mayor tratamiento que el que corresponda a su empleo efectivo en la Carrera Judicial, aunque lo tuvieren superior en diferente carrera o por otros títulos.

De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados

En los actos de oficio, los Jueces y Magistrados no podrán recibir mayor tratamiento que el que corresponda a su empleo efectivo en la Carrera Judicial, aunque lo tuvieren superior en diferente carrera o por otros títulos.

De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados

En los actos de oficio, los Jueces y Magistrados no podrán recibir mayor tratamiento que el que corresponda a su empleo efectivo en la Carrera Judicial, aunque lo tuvieren superior en diferente carrera o por otros títulos.

De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados

En los actos de oficio, los Jueces y Magistrados no podrán recibir mayor tratamiento que el que corresponda a su empleo efectivo en la Carrera Judicial, aunque lo tuvieren superior en diferente carrera o por otros títulos.

CAPÍTULO V

En los actos de oficio, los Jueces y Magistrados no podrán recibir mayor tratamiento que el que corresponda a su empleo efectivo en la Carrera Judicial, aunque lo tuvieren superior en diferente carrera o por otros títulos.

CAPÍTULO V

De la provisión de plazas en los Juzgados, en las Audiencias y en los Tribunales Superiores de Justicia

De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados

En los actos de oficio, los Jueces y Magistrados no podrán recibir mayor tratamiento que el que corresponda a su empleo efectivo en la Carrera Judicial, aunque lo tuvieren superior en diferente carrera o por otros títulos.

De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados

En los actos de oficio, los Jueces y Magistrados no podrán recibir mayor tratamiento que el que corresponda a su empleo efectivo en la Carrera Judicial, aunque lo tuvieren superior en diferente carrera o por otros títulos.

De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados

En los actos de oficio, los Jueces y Magistrados no podrán recibir mayor tratamiento que el que corresponda a su empleo efectivo en la Carrera Judicial, aunque lo tuvieren superior en diferente carrera o por otros títulos.

De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados

En los actos de oficio, los Jueces y Magistrados no podrán recibir mayor tratamiento que el que corresponda a su empleo efectivo en la Carrera Judicial, aunque lo tuvieren superior en diferente carrera o por otros títulos.

De los honores y tratamientos de los Jueces y Magistrados

En los actos de oficio, los Jueces y Magistrados no podrán recibir mayor tratamiento que el que corresponda a su empleo efectivo en la Carrera Judicial, aunque lo tuvieren superior en diferente carrera o por otros títulos.

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