Ley Organica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

Artículo da_vigésima_primera de la Ley Organica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

TÍTULO VIII — Disposiciones organizativas«Capítulo IV bis — Maternidad

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Maternidad

El apartado 3 del artículo 69 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, queda redactado como sigue:

Maternidad

El apartado 3 del artículo 69 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, queda redactado como sigue:

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El apartado 3 del artículo 69 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, queda redactado como sigue:

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