Ley Organica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

Artículo da_sexta de la Ley Organica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

TÍTULO VIII — Disposiciones organizativas

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Disposiciones organizativas

Se modifica la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en los siguientes términos:

Uno. Se añade una letra i) al apartado 1 del artículo 19, con la siguiente redacción:

Dos. Se añade un nuevo apartado 7 al artículo 60, con la siguiente redacción:

Disposiciones organizativas

Se modifica la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en los siguientes términos:

Uno. Se añade una letra i) al apartado 1 del artículo 19, con la siguiente redacción:

Dos. Se añade un nuevo apartado 7 al artículo 60, con la siguiente redacción:

Disposiciones organizativas

Se modifica la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en los siguientes términos:

Uno. Se añade una letra i) al apartado 1 del artículo 19, con la siguiente redacción:

Dos. Se añade un nuevo apartado 7 al artículo 60, con la siguiente redacción:

Disposiciones organizativas

Se modifica la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en los siguientes términos:

Uno. Se añade una letra i) al apartado 1 del artículo 19, con la siguiente redacción:

Dos. Se añade un nuevo apartado 7 al artículo 60, con la siguiente redacción:

Disposiciones organizativas

Se modifica la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en los siguientes términos:

Uno. Se añade una letra i) al apartado 1 del artículo 19, con la siguiente redacción:

Dos. Se añade un nuevo apartado 7 al artículo 60, con la siguiente redacción:

Disposiciones organizativas

Se modifica la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en los siguientes términos:

Uno. Se añade una letra i) al apartado 1 del artículo 19, con la siguiente redacción:

Dos. Se añade un nuevo apartado 7 al artículo 60, con la siguiente redacción:

Disposiciones organizativas

Se modifica la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en los siguientes términos:

Uno. Se añade una letra i) al apartado 1 del artículo 19, con la siguiente redacción:

Dos. Se añade un nuevo apartado 7 al artículo 60, con la siguiente redacción:

Disposiciones organizativas

Se modifica la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en los siguientes términos:

Uno. Se añade una letra i) al apartado 1 del artículo 19, con la siguiente redacción:

Dos. Se añade un nuevo apartado 7 al artículo 60, con la siguiente redacción:

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Se modifica la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en los siguientes términos:

Uno. Se añade una letra i) al apartado 1 del artículo 19, con la siguiente redacción:

Dos. Se añade un nuevo apartado 7 al artículo 60, con la siguiente redacción:

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Se modifica la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en los siguientes términos:

Uno. Se añade una letra i) al apartado 1 del artículo 19, con la siguiente redacción:

Dos. Se añade un nuevo apartado 7 al artículo 60, con la siguiente redacción:

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Se modifica la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en los siguientes términos:

Uno. Se añade una letra i) al apartado 1 del artículo 19, con la siguiente redacción:

Dos. Se añade un nuevo apartado 7 al artículo 60, con la siguiente redacción:

Disposiciones organizativas

Se modifica la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en los siguientes términos:

Uno. Se añade una letra i) al apartado 1 del artículo 19, con la siguiente redacción:

Dos. Se añade un nuevo apartado 7 al artículo 60, con la siguiente redacción:

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