Ley General Tributaria
DA-decimoquinta. de la Ley General Tributaria
CAPÍTULO III — Procedimiento de recuperación en otros supuestos
Este artículo aparece en 5 secciones de la ley:
- ▸Procedimiento de recuperación en otros supuestos
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Procedimiento de recuperación en otros supuestos
- Las infracciones y sanciones en materia catastral, se regirán por su normativa específica.
- El artículo 27 de esta ley relativo a los recargos por declaración extemporánea sin requerimiento previo no será aplicable a las declaraciones catastrales.
- En materia de notificación de valores catastrales, esta ley se aplicará supletoriamente respecto a lo dispuesto en la normativa específica catastral.
Procedimiento de recuperación en otros supuestos
- Las infracciones y sanciones en materia catastral, se regirán por su normativa específica.
- El artículo 27 de esta ley relativo a los recargos por declaración extemporánea sin requerimiento previo no será aplicable a las declaraciones catastrales.
- En materia de notificación de valores catastrales, esta ley se aplicará supletoriamente respecto a lo dispuesto en la normativa específica catastral.
Procedimiento de recuperación en otros supuestos
- Las infracciones y sanciones en materia catastral, se regirán por su normativa específica.
- El artículo 27 de esta ley relativo a los recargos por declaración extemporánea sin requerimiento previo no será aplicable a las declaraciones catastrales.
- En materia de notificación de valores catastrales, esta ley se aplicará supletoriamente respecto a lo dispuesto en la normativa específica catastral.
Procedimiento de recuperación en otros supuestos
- Las infracciones y sanciones en materia catastral, se regirán por su normativa específica.
- El artículo 27 de esta ley relativo a los recargos por declaración extemporánea sin requerimiento previo no será aplicable a las declaraciones catastrales.
- En materia de notificación de valores catastrales, esta ley se aplicará supletoriamente respecto a lo dispuesto en la normativa específica catastral.
Procedimiento de recuperación en otros supuestos
- Las infracciones y sanciones en materia catastral, se regirán por su normativa específica.
- El artículo 27 de esta ley relativo a los recargos por declaración extemporánea sin requerimiento previo no será aplicable a las declaraciones catastrales.
- En materia de notificación de valores catastrales, esta ley se aplicará supletoriamente respecto a lo dispuesto en la normativa específica catastral.