Ley General Presupuestaria

Artículo 51 de la Ley General Presupuestaria

TÍTULO II — De los Presupuestos Generales del EstadoCAPÍTULO IV — De los créditos y sus modificacionesSección 2.ª De las modificaciones de créditos

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Sección 2.ª De las modificaciones de créditos

La cuantía y finalidad de los créditos contenidos en los presupuestos de gastos sólo podrán ser modificadas durante el ejercicio, dentro de los límites y con arreglo al procedimiento establecido en los artículos siguientes, mediante:

  • Transferencias.
  • Generaciones.
  • Ampliaciones.
  • Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
  • Incorporaciones.

Sección 2.ª De las modificaciones de créditos

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La cuantía y finalidad de los créditos contenidos en los presupuestos de gastos sólo podrán ser modificadas durante el ejercicio, dentro de los límites y con arreglo al procedimiento establecido en los artículos siguientes, mediante:

  • Transferencias.
  • Generaciones.
  • Ampliaciones.
  • Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
  • Incorporaciones.

Sección 2.ª De las modificaciones de créditos

La cuantía y finalidad de los créditos contenidos en los presupuestos de gastos sólo podrán ser modificadas durante el ejercicio, dentro de los límites y con arreglo al procedimiento establecido en los artículos siguientes, mediante:

  • Transferencias.
  • Generaciones.
  • Ampliaciones.
  • Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
  • Incorporaciones.

Sección 2.ª De las modificaciones de créditos

La cuantía y finalidad de los créditos contenidos en los presupuestos de gastos sólo podrán ser modificadas durante el ejercicio, dentro de los límites y con arreglo al procedimiento establecido en los artículos siguientes, mediante:

  • Transferencias.
  • Generaciones.
  • Ampliaciones.
  • Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
  • Incorporaciones.

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  • Transferencias.
  • Generaciones.
  • Ampliaciones.
  • Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
  • Incorporaciones.

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  • Generaciones.
  • Ampliaciones.
  • Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
  • Incorporaciones.

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  • Ampliaciones.
  • Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
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  • Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
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  • Transferencias.
  • Generaciones.
  • Ampliaciones.
  • Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
  • Incorporaciones.

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