Artículo 30 de la Ley General Presupuestaria
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- ▸Programación presupuestaria y objetivo de estabilidad
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- ▸CAPÍTULO II
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Programación presupuestaria y objetivo de estabilidad
- Los programas plurianuales de los distintos centros gestores del gasto se integran en el programa plurianual de cada ministerio y se elaborarán por los titulares de los referidos centros y su contenido se ajustará al establecido para dicho programa plurianual en el apartado 6 del artículo 29 de esta ley.
- El procedimiento de elaboración y la estructura de los programas plurianuales de los centros gestores del gasto se establecerá por orden del Ministro de Hacienda.
Programación presupuestaria y objetivo de estabilidad
- Los programas plurianuales de los distintos centros gestores del gasto se integran en el programa plurianual de cada ministerio y se elaborarán por los titulares de los referidos centros y su contenido se ajustará al establecido para dicho programa plurianual en el apartado 6 del artículo 29 de esta ley.
- El procedimiento de elaboración y la estructura de los programas plurianuales de los centros gestores del gasto se establecerá por orden del Ministro de Hacienda.
Programación presupuestaria y objetivo de estabilidad
- Los programas plurianuales de los distintos centros gestores del gasto se integran en el programa plurianual de cada ministerio y se elaborarán por los titulares de los referidos centros y su contenido se ajustará al establecido para dicho programa plurianual en el apartado 6 del artículo 29 de esta ley.
- El procedimiento de elaboración y la estructura de los programas plurianuales de los centros gestores del gasto se establecerá por orden del Ministro de Hacienda.
Programación presupuestaria y objetivo de estabilidad
- Los programas plurianuales de los distintos centros gestores del gasto se integran en el programa plurianual de cada ministerio y se elaborarán por los titulares de los referidos centros y su contenido se ajustará al establecido para dicho programa plurianual en el apartado 6 del artículo 29 de esta ley.
- El procedimiento de elaboración y la estructura de los programas plurianuales de los centros gestores del gasto se establecerá por orden del Ministro de Hacienda.
CAPÍTULO II
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- Los programas plurianuales de los distintos centros gestores del gasto se integran en el programa plurianual de cada ministerio y se elaborarán por los titulares de los referidos centros y su contenido se ajustará al establecido para dicho programa plurianual en el apartado 6 del artículo 29 de esta ley.
- El procedimiento de elaboración y la estructura de los programas plurianuales de los centros gestores del gasto se establecerá por orden del Ministro de Hacienda.
CAPÍTULO II
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- Los programas plurianuales de los distintos centros gestores del gasto se integran en el programa plurianual de cada ministerio y se elaborarán por los titulares de los referidos centros y su contenido se ajustará al establecido para dicho programa plurianual en el apartado 6 del artículo 29 de esta ley.
- El procedimiento de elaboración y la estructura de los programas plurianuales de los centros gestores del gasto se establecerá por orden del Ministro de Hacienda.
CAPÍTULO II
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- El procedimiento de elaboración y la estructura de los programas plurianuales de los centros gestores del gasto se establecerá por orden del Ministro de Hacienda.
CAPÍTULO II
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- El procedimiento de elaboración y la estructura de los programas plurianuales de los centros gestores del gasto se establecerá por orden del Ministro de Hacienda.
CAPÍTULO II
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CAPÍTULO II
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CAPÍTULO II
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CAPÍTULO II
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- Los programas plurianuales de los distintos centros gestores del gasto se integran en el programa plurianual de cada ministerio y se elaborarán por los titulares de los referidos centros y su contenido se ajustará al establecido para dicho programa plurianual en el apartado 6 del artículo 29 de esta ley.
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CAPÍTULO II
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