Artículo 596 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
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TÍTULO IX
Contra los autos que el Juez dicte calificando la suficiencia de las fianzas procederá el recurso de apelación.
TÍTULO IX
Contra los autos que el Juez dicte calificando la suficiencia de las fianzas procederá el recurso de apelación.
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Contra los autos que el Juez dicte calificando la suficiencia de las fianzas procederá el recurso de apelación.
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Contra los autos que el Juez dicte calificando la suficiencia de las fianzas procederá el recurso de apelación.
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Contra los autos que el Juez dicte calificando la suficiencia de las fianzas procederá el recurso de apelación.
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Contra los autos que el Juez dicte calificando la suficiencia de las fianzas procederá el recurso de apelación.