Artículo 517 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
- La acción ejecutiva deberá fundarse en un título que tenga aparejada ejecución.
- Solo tendrán aparejada ejecución los siguientes títulos:
1.º La sentencia de condena firme.
2.º Los laudos o resoluciones arbitrales y los acuerdos de mediación, debiendo estos últimos haber sido elevados a escritura pública de acuerdo con la Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles, así como los acuerdos alcanzados por las partes en cualquier otro de los medios adecuados de solución de controversias que igualmente hubieren sido elevados a escritura pública.
3.º Las resoluciones judiciales que aprueben u homologuen transacciones judiciales y acuerdos logrados en el proceso, acompañadas, si fuere necesario para constancia de su concreto contenido, de los correspondientes testimonios de las actuaciones.
4.º La copia de la escritura pública matriz que el interesado solicite que se expida con tal carácter.
5.º El testimonio expedido por el notario del original de la póliza debidamente conservada en su Libro-Registro o la copia autorizada de la misma, acompañada de la certificación a que se refiere el artículo 572.2 de esta ley.
6.º Los títulos al portador o nominativos, legítimamente emitidos, que representen obligaciones vencidas y los cupones, también vencidos, de dichos títulos, siempre que los cupones confronten con los títulos y éstos, en todo caso, con los libros talonarios.
La protesta de falsedad del título formulada en el acto de la confrontación no impedirá, si ésta resulta conforme, que se despache la ejecución, sin perjuicio de la posterior oposición a la ejecución que pueda formular el deudor alegando falsedad en el título.
7.º Los certificados no caducados expedidos por las entidades encargadas de los registros contables respecto de los valores representados mediante anotaciones en cuenta a los que se refiere la Ley del Mercado de Valores, siempre que se acompañe copia de la escritura pública de representación de los valores o, en su caso, de la emisión, cuando tal escritura sea necesaria, conforme a la legislación vigente.
Instada y despachada la ejecución, no caducarán los certificados a que se refiere el párrafo anterior.
8.° El auto que establezca la cantidad máxima reclamable en concepto de indemnización, dictado en los supuestos previstos por la ley en procesos penales incoados por hechos cubiertos por el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil derivada del uso y circulación de vehículos de motor.
9.º Las demás resoluciones procesales y documentos que, por disposición de esta u otra ley, lleven aparejada ejecución.
Preguntas oficiales donde cayó el artículo 517 de la LEC
- 2025· Gestión Procesal
Según dispone el artículo 517 de la LEC, no constituye título que lleva aparejada ejecución:
Artículos relacionados
Guías del blog sobre LEC
Cómo aprobar Gestión Procesal 2026 en primera vuelta
Plan para aprobar Gestión Procesal A2 a la primera: 3 ejercicios eliminatorios el mismo día (test, caso práctico y desarrollo) y 68 temas oficiales.
Temario Gestión Procesal 2026: bloques y temas oficiales
Temario oficial Gestión Procesal A2 2026: 68 temas en 7 bloques (organización, procesal civil, Registro Civil, penal, contencioso, laboral y concursal).
Supuesto práctico Gestión Procesal: ejemplos resueltos 2026
Cómo es el caso práctico de Gestión Procesal A2: 10 preguntas tipo test en 30 minutos, 15 puntos y mínimo 7,5. Dos ejemplos resueltos con plazos y artículos.
LEC 1/2000 en Gestión Procesal: temas y artículos clave
La LEC es la base de los temas 17-39 de Gestión Procesal A2, que entran en el test y en el desarrollo. Artículos clave, plazos imprescindibles y mapa por tema.