Ley de Contratos del Sector Publico

Artículo 197 de la Ley de Contratos del Sector Publico

TÍTULO I — Disposiciones generalesCAPÍTULO I — De las actuaciones relativas a la contratación de las Administraciones PúblicasSección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos

Este artículo aparece en 21 secciones de la ley:

  • Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos
  • Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos
  • Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos
  • sección 3.ª Ejecución de los contratos
  • Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos
  • sección 3.ª Ejecución de los contratos
  • Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos
  • sección 3.ª Ejecución de los contratos
  • Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos
  • sección 3.ª Ejecución de los contratos
  • Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos
  • sección 3.ª Ejecución de los contratos
  • Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos
  • sección 3.ª Ejecución de los contratos
  • Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos
  • sección 3.ª Ejecución de los contratos
  • Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos
  • sección 3.ª Ejecución de los contratos
  • Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos
  • sección 3.ª Ejecución de los contratos
  • Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos

Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el artículo 239.

Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el artículo 239.

Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el artículo 239.

sección 3.ª Ejecución de los contratos

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La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el

Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el artículo 239.

sección 3.ª Ejecución de los contratos

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La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el

Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el artículo 239.

sección 3.ª Ejecución de los contratos

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La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el

Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el artículo 239.

sección 3.ª Ejecución de los contratos

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La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el

Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el artículo 239.

sección 3.ª Ejecución de los contratos

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La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el

Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el artículo 239.

sección 3.ª Ejecución de los contratos

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La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el

Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el artículo 239.

sección 3.ª Ejecución de los contratos

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La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el

Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el artículo 239.

sección 3.ª Ejecución de los contratos

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La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el

Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el artículo 239.

sección 3.ª Ejecución de los contratos

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La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el

Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido para el contrato de obras en el artículo 239.

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