INAP 2024C2
Pregunta 48 — INAP 2024 (Auxiliar Administrativo del Estado)
Pregunta 48 de 86 · Examen oficial INAP convocatoria 2024
Según lo dispuesto en el artículo 211.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la caducidad del procedimiento sancionador se produce:
A)A.-Transcurrido el plazo de seis meses desde que se hubiese notificado o se entienda notificada la liquidación o resolución del procedimiento del que trae causa.
B)B.-Transcurrido el plazo de tres meses desde que se hubiese notificado o se entienda notificada la liquidación o resolución del procedimiento del que trae causa.
C)C.-Transcurrido el plazo de seis meses a contar desde la notificación al contribuyente del inicio del procedimiento sancionador.
D)D.-Transcurrido el plazo de tres meses a contar desde la notificación al contribuyente del inicio del procedimiento sancionador.
Respuesta correcta: opción C
C.-Transcurrido el plazo de seis meses a contar desde la notificación al contribuyente del inicio del procedimiento sancionador.