TL;DR
- Función: impulsar procedimientos judiciales bajo la dirección del LAJ.
- Regulación: arts. 435-469 LOPJ y complementarios.
- Salario: 2.000-2.200 € brutos/mes + trienios y complementos.
Las 5 funciones principales
| Función | Ejemplo |
|---|---|
| Tramitar procedimientos | Preparar resoluciones, dar traslado a las partes |
| Notificaciones | Notificar autos, sentencias y decretos |
| Redactar diligencias | Diligencia de ordenación, diligencia de constancia |
| Gestión documental | Expediente judicial electrónico (LexNET, Minerva) |
| Apoyo al LAJ | Preparar decretos, borradores, archivo |
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Día a día real en un juzgado
- 8:00-9:00: revisar correo interno, LexNET y señalamientos.
- 9:00-11:00: redactar diligencias y notificaciones pendientes.
- 11:00-12:00: atención al público y profesionales (procuradores, abogados).
- 12:00-14:00: preparación de decretos y apoyo al LAJ.
- 14:00-15:00: archivo, escaneo y cierre de expedientes.
Diferencias con otros cuerpos
- Gestor Procesal (A2): dicta diligencias de ordenación, coordina equipo.
- Tramitador (C1): tramita expedientes, prepara resoluciones, notifica.
- Auxilio Judicial (C2): ejecuta embargos, lanzamientos, notificaciones en domicilio.
- LAJ: fedatario público, dirige la oficina judicial.
Destinos típicos
Juzgados de 1ª Instancia, Instrucción, Penal, Mercantil, Social, Contencioso-Administrativo. También Audiencias Provinciales, TSJ, Tribunal Supremo. Los destinos centrales (Madrid, AN, TS) suelen tener mayor complemento específico.